Tasa por expedición de documentos administrativos
Descripción
Constituye el hecho imponible de la Tasa la actividad administrativa desarrollada con motivo de la tramitación, a instancia de parte, de toda clase de documentos que expida y de expedientes de que entienda la Administración o las Autoridades Municipales.
Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas y jurídicas y las entidades que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la tramitación del documento o expediente de que se trate.
Trámite
Se entenderá tramitada a instancia de parte cualquier documentación administrativa que haya sido provocada por el particular o redunde en su beneficio aunque no haya mediado solicitud expresa del interesado.
Exenciones
Sí.
Bonificaciones
No hay.
Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Guadalajara
- Creación de la tasa: nº--, viernes, 27 de diciembre de 1991, pp.16-17
- Última modificación: nº 155, miércoles, 28 de diciembre de 2011, p. 49
Ordenanza
Documentos relacionados
- [G01] Solicitud general