Saltar al contenido Saltar a la navegación Información de contacto

Tasa por recogida de Residuos Sólidos Urbanos (basuras)

Descripción

Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación del servicio de recepción obligatoria de recogida de basuras y domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y locales o establecimientos donde se ejercen actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios.

A tal efecto, se consideran basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos los restos y desperdicios de alimentación o detritus procedentes de la limpieza normal de locales o viviendas y se excluyen de tal concepto los residuos de tipo industrial, escombros de obras, detritus humanos, materias y materiales contaminados, corrosivos, peligrosos cuya recogida o vertido exija la adopción de especiales medidas hi­giénicas, profilácticas o de seguridad.

No está sujeta a la Tasa la prestación, de carácter voluntario y a instancia de parte, de los siguientes servicios:

  • Recogida de basuras y residuos no calificados de domiciliarios y urbanos de industrias, hospitales y laboratorios.
  • Recogida de escorias y cenizas de calefacciones centrales.
  • Recogida de escombros de obras.

Trámite

Entregada la licencia de primera ocupación:

  • en caso de promoción de viviendas por una empresa constructora, el Ayuntamiento solicita los datos de los titulares;
  • en caso de promoción por un particular para vivienda propia, se consideran sus datos como titular de la tasa.

A partir de ese momento, y teniendo en cuenta el mes de la entrega de la vivienda, se incluye en el padrón de la tasa.

Exenciones

Se establece una exención subjetiva a aquellos contribuyentes que hayan sido declarados pobres de precepto legal y estén inscritos en el Padrón de Beneficencia como pobres de solemnidad.

Bonificaciones

Del 3% para los recibos domiciliados.

Periodicidad

Anual.

Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Guadalajara

  • Creación de la tasa: nº--, miércoles, 13 de diciembre de 1989, p.36-37
  • Última modificación: nº 35, viernes, 22 de marzo de 2013, p.41
  • Corrección de errores: nº 43, miércoles, 10 de abril de 2013, p.15

Ordenanza

 Documentos relacionados