Grupos políticos
Acta de Constitución del Ayuntamiento y elección de Alcaldía
RESULTADO DE LAS ELECCIONES
Candidaturas |
Votos obtenidos |
Nº Concejales electos |
P.S.O.E. | 674 | 6 |
PP | 602 | 5 |
CONCEJALES ELECTOS
P.S.O.E.
P.P.
Una vez comprobado que han concurrido once Concejalías electas, que representan la totalidad de los proclamados, la Mesa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986 declara constituida la Corporación.
A continuación las once Concejalías electas prestan personalmente el preceptivo juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Concejalía con lealtad al Rey y de guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, quedando posesionados de sus cargos.
Seguidamente se procede a la elección de la Alcaldía de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de la Ley Orgánica 5/1.985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, siendo proclamadas candidaturas para la Alcaldía a los Concejales que seguidamente se relacionan:
D. Manuel Salvador Ruiz P.S.O.E.
D. Alberto Ruiz Guijarro P.P.
Las Concejalìas asistentes proceden a la votación por signos convencionales, y efectuado el recuento de los votos emitidos arroja el siguiente resultado:
- D. Manuel Salvador Ruiz (P.S.O.E.): 6 votos emitidos por las Concejalías del Partido Socialista.
- Dª. Alberto Ruiz Guijarro (PP): 5 votos emitidos por las Concejalías del Partido Popular.
A la vista del escrutinio, la Presidencia de la Mesa proclama Alcalde electo de este Ayuntamiento a D. Manuel Salvador Ruiz (P.S.O.E.), al haber obtenido la mayoría absoluta de los votos requeridos, tal y como establece el artículo 196 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Presente en este acto y a requerimiento de la Mesa, acepta el cargo de Alcalde tomando posesión del mismo, prestando promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Alcalde con lealtad al Rey y de guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.