Quema de restos vegetales
Quema de montones de despojos/restos agrícolas
Será necesaria NOTIFICACION por escrito por parte del peticionario a través de las oficinas comarcales o en la propia Delegación de Agricultura y Medio Ambiente indicando parcelas afectadas, día y hora de la quema y teléfono de contacto del solicitante. Se presentará con una antelación mínima de 7 días a la quema.
Nota: las quemas de rastrojo están penalizadas por la PAC.
Quema en montes y terrenos forestales
Será necesario o bien que la quema quede autorizada por la resolución del expediente aprobado por la Consejería o bien se requerirá AUTORIZACIÓN expresa.
En este caso el interesado presentará solicitud con diez días de antelación indicando localización, día y hora de la quema y teléfono de contacto del solicitante.
Quema en casco urbano
Competencia municipal.